Sumario - TST 5

TRANSPORTES, SERVICIOS Y TELECOMUNICACIONES


TST 5

Ana Olmedo Gaya
Vicisitudes de la protección al ferrocarril


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Palabras clave: Ley de Coordinación; canon de coincidencia; tanteo ferroviario; libre concurrencia.

[ Resumen ]

En el siglo XIX era impensable que los caminos ordinarios pudieran ser competidores del ferrocarril, no obstante, en los años 20 comienza una fuerte competencia de la industria automovilística.
La Ley de Coordinación entre el ferrocarril y la carretera de 27 de diciembre de 1947, inspirada en la protección a ultranza del ferrocarril, intenta frenar la competencia de los transportes mecánicos por carretera al ferrocarril previendo, de un lado, un canon de coincidencia y, de otro lado, el derecho de tanteo ferroviario que ostentarían las compañías de ferrocarriles sobre los llamados servicios regulares coincidentes por carretera.
El actual marco normativo ha introducido un gran cambio en la materia ya que con la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres de 1987 (LOTT) desaparecen la prohibición de líneas regulares de carretera coincidentes con el ferrocarril y el derecho de tanteo. La LOTT ha optado por la igualación y armonización de las condiciones de competencia entre la carretera y el ferrocarril, estableciéndose la libre concurrencia entre ambos medios de transporte y poniéndose fin al injusto planteamiento de la anterior normativa por la que asignaba al transporte por carretera una misión meramente complementaria y distribuidora del ferrocarril.